29 abril, 2026

Revocan en Roca la prisión en suspenso al expolicía Rubén Muñoz y deberá cumplir condena en la cárcel

La razón fue el incumplimiento reiterado de las restricciones impuestas por la Justicia y a la que había accedido.

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En una audiencia clave realizada este lunes, el Juez de Ejecución Penal de Roca, Fernando Romera, resolvió revocar la condicionalidad de la pena impuesta al expolicía Rubén Muñoz. La decisión judicial determina que el condenado, quien hasta el momento gozaba de libertad bajo pautas de conducta, sea trasladado de inmediato a un establecimiento penitenciario para cumplir su sentencia de manera efectiva.

La resolución se fundamenta en el incumplimiento reiterado de las restricciones impuestas por la Justicia, las cuales Muñoz había aceptado previamente al reconocer su culpabilidad en los delitos imputados.

Rubén Muñoz acumulaba dos sentencias en su contra. La primera, de tres años de prisión en suspenso, por los delitos de coacción, perturbación al ejercicio de las funciones públicas e instigación a cometer delitos. La segunda, de ocho meses, correspondía a una causa por amenazas simples.

Tras la unificación de ambos legajos, se estableció una pena única de tres años de ejecución condicional. Sin embargo, este beneficio estaba estrictamente supeditado al cumplimiento de reglas de conducta por un período determinado, condición que, según el magistrado, fue vulnerada.

Restricciones hacia el Ministro de Seguridad

El punto central del conflicto radica en las medidas de protección dictadas a favor de la víctima de uno de los expedientes, el actual Ministro de Seguridad de Río Negro, Daniel Jara. La sentencia prohibía expresamente a Muñoz cualquier tipo de acercamiento físico, hostigamiento y comunicación por cualquier medio.

Durante la audiencia, se acreditó que Muñoz no solo había fallado anteriormente en el respeto a estas normas, sino que protagonizó un nuevo episodio de contacto y acercamiento, rompiendo definitivamente la confianza depositada por el tribunal en la ejecución domiciliaria o en suspenso.

Ante la verificación de este segundo incumplimiento, el juez Romera fue tajante: la condicionalidad de la condena quedó sin efecto. Al pasar a ser una pena de cumplimiento efectivo, se dispuso la detención inmediata del condenado para su posterior alojamiento en un penal.

Esta medida se enmarca en las facultades de control que posee el fuero de Ejecución Penal, encargado de velar porque los condenados respeten fielmente las condiciones fijadas en sus sentencias para mantener su libertad ambulatoria.