Primera Final este Domingo Huahuel – Mallin Nehuen desde las 15hs :
A Continuación Parte de la Resolución
EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DE LA
LIGA RIONEGRINA DE FUTBOL
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Dar por perdido el partido de Primera División al Club Deportivo Las Grutas ______________(Artículo 107, inciso “a” del Reglamento de Transgresiones y Penas.
ARTICULO 2º.- Registrar el siguiente resultado: Mallin Nehuen: Dos (2)- Deportivo Las Grutas: _______________Cero (0). (Articulo 152 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
ARTICULO 3º: Sancionar al Club Las Grutas con la Pena de multa de V.E. 150, a razón de Pesos ______________Trescientos ($ 300,00). (Artículo 14 del Reglamento de Transgresiones y Penas).
ARTICULO 4º: El importe correspondiente a la pena de multa aplicada a Club debe depositarse en ______________la Liga dentro de los Cinco (5) días corridos desde la fecha del fallo.
ARTICULO 5°: Por intermedio de la secretaria de la Liga se deberá proceder a devolver al Club _______________Mallin Nehuen el importe abonado en concepto de Protesta de Partido (Artículo 21 del Reglamento de Transgresiones y Penas).